Ley 15/2021, de 23 de octubre, por la que se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, así como la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, el Real Decreto-ley 5/2010, de 31 de marzo, por el que se amplía la vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal, y la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones (EDL 2021/37893).
La Ley 15/2021 entra en vigor el 14 de noviembre y reforma la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, permitiendo la creación de sociedades profesionales multidisciplinares para el ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura y así poder ofertar y prestar un servicio integral de defensa y representación.
Con esta reforma, las sociedades de profesionales de la abogacía podrán incorporar profesionales de la procura como socios y socias profesionales, al igual que las sociedades de profesionales de la procura podrán incorporar profesionales de la abogacía.
DiProcura Procesal y Legal, SLP ve en la reforma una oportunidad para la generación de asociaciones estratégicas entre despachos de abogados y procuradores.