ALTA DE SUBASTAS JUDICIALES

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Con motivo del estado de alarma y la consiguiente suspensión de los plazos procesales, se dieron de baja todas las subastas judiciales que el 14 de marzo se estaban celebrando.

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, en su artículo 8 alza la suspensión de los plazos procesales desde el 4 de junio de 2020. Por este motivo, a partir de esa fecha deben iniciarse nuevamente las subastas que fueron dadas de baja, reinicio que, en los términos del artículo 649.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se realizará mediante una nueva publicación del anuncio como si de una nueva subasta se tratase.

La remisión al portal del BOE de los datos para la nueva subasta, a través de CDCJ, deberá hacerse a partir del alzamiento de la suspensión de los plazos procesales. Como consecuencia, comenzarán de nuevo íntegramente los veinte días naturales para pujas en cada una de ellas, sin que tengan validez las posturas que se hicieron en las subastas que se dieron de baja. Como excepción, el nuevo anuncio del inicio de la subasta se publicará gratuitamente en el BOE, para evitar cargar nuevamente a los solicitantes con el coste de un anuncio que se vuelve a publicar por causa de fuerza mayor. Lógicamente, esta gratuidad, alcanza sólo a las subastas que se dieron de baja con motivo del estado de alarma, no a todas las nuevas que se publiquen. Por tanto, para identificarlas, será necesario que al “colgar” nuevamente la subasta, se haga constar «Estado de alarma. SUB-JXXX» (con el número de la subasta que se vuelve a publicar).

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