El Ministerio de Justicia ha anunciado el levantamiento de la prohibición de presentar escritos de demanda, así como recursos de apelación y casación y resto de escritos - sin perjuicio, por supuesto del mantenimiento de la suspensión e interrupción de los plazos procesales - durante el estado de alarma.
La Resolución Dispone:
– El registro de todos los escritos presentados en las oficinas judiciales y fiscales de forma telemática (Lexnet o sistemas equivalentes en País Vasco, Cataluña, Navarra, Cantabria y Aragón), y su reparto a los órganos competentes, para asegurar el adecuado funcionamiento de juzgados y tribunales; recomendándose a estos efectos a abogados, procuradores y graduados sociales una ponderación o moderación en la presentación de escritos para hacer más viable el reparto.
– La llevanza de todos aquellos procedimientos no enmarcados en la categoría de servicios esenciales siempre que lo permitan los medios disponibles.
El alcance de la resolución es un intento de habilitar la aceptación de escritos de demandas en las distintas jurisdicciones, para su posterior reparto, siempre en términos posibilistas y de moderación, ponderación que se pide a los Profesionales.
Añade que será posible siempre que lo permitan los medios con los que se dispone, entre otros de los distintos programas de gestión (Lexnet, eJusticia, …) y el teletrabajo de parte de la plantilla de justicia.